Poco después de un mandato comunitario que obliga a los países de la Unión Europea (UE) a levantar las restricciones a las empresas de trabajo temporal (ETT), el Tribunal Supremo (TS) confirmaba una sentencia que obligará a las empresas dedicadas al prestamismo laboral a formar a los trabajadores contra los accidentes laborales que puedan ocurrir en los trabajos donde son asignados. Si la directriz fijada desde Europa puede dar al traste con el veto que en España tienen las ETT en algunos sectores considerados de riesgo —como es el caso de la construcción, la industria química y la petrolífera—, la sentencia del TS, que confirma un fallo por la que se insta a la ETT Geserv Servicios a indemnizar a un trabajador con más de 44.000 euros por no haberle impartido previamente un curso de prevención de riesgos laborales, podría aguar la fiesta a las empresas prestamistas. Con este fallo judicial se sienta precedente, y en adelante la formación de los trabajadores recaerá en ellas, estando vinculada por el cargo a ocupar y la experiencia profesional del trabajador.El índice de siniestralidad laboral español continúa siendo el más alto de la llamada «Europa de los 15», y las ETT, merced a la nueva directiva comunitaria, y dado que este tipo de empresas gestionan el 16% de las contrataciones temporales, podrían tener un filón económico con el que enriquecerse a costa de las altas tasas de siniestralidad laboral.
sábado 1 de noviembre de 2008
Las ETT obligadas por el Tribunal Supremo a impartir cursos de prevención de riesgos laborales
Poco después de un mandato comunitario que obliga a los países de la Unión Europea (UE) a levantar las restricciones a las empresas de trabajo temporal (ETT), el Tribunal Supremo (TS) confirmaba una sentencia que obligará a las empresas dedicadas al prestamismo laboral a formar a los trabajadores contra los accidentes laborales que puedan ocurrir en los trabajos donde son asignados. Si la directriz fijada desde Europa puede dar al traste con el veto que en España tienen las ETT en algunos sectores considerados de riesgo —como es el caso de la construcción, la industria química y la petrolífera—, la sentencia del TS, que confirma un fallo por la que se insta a la ETT Geserv Servicios a indemnizar a un trabajador con más de 44.000 euros por no haberle impartido previamente un curso de prevención de riesgos laborales, podría aguar la fiesta a las empresas prestamistas. Con este fallo judicial se sienta precedente, y en adelante la formación de los trabajadores recaerá en ellas, estando vinculada por el cargo a ocupar y la experiencia profesional del trabajador.El índice de siniestralidad laboral español continúa siendo el más alto de la llamada «Europa de los 15», y las ETT, merced a la nueva directiva comunitaria, y dado que este tipo de empresas gestionan el 16% de las contrataciones temporales, podrían tener un filón económico con el que enriquecerse a costa de las altas tasas de siniestralidad laboral.